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Bases legales de la promoción “PROMOCIÓN ESTRELLA GALICIA ABONOS OBRADOIRO 2026”

 

I.- OBJETO DE LA PROMOCIÓN

HIJOS DE RIVERA, S.A.U. con domicilio social en Polígono Industrial - A Grela C/ José María Rivera Corral, 6 con C.P. 15008 en A Coruña y con CIF A-15002637, en adelante, “el Organizador”, convoca la promoción “PROMOCIÓN ESTRELLA GALICIA ABONOS OBRADOIRO 2026”, con el objeto de promocionar sus marcas y productos.

 

II.- PERÍODO PROMOCIONAL

La presente promoción estará activa desde el día 8 de junio de 2026, estando en vigor hasta el 22 de junio del año 2026 a las 23:59 horas, siendo éste el plazo de inscripción y participación en la misma.

 

III.- PARTICIPANTES

Se atribuye la condición de Participante a quienes faciliten todos los datos requeridos en el formulario de registro y, además, cumplan los siguientes requisitos:

 

Ser persona física, mayor de edad, residente en territorio español,

Cumplir con las condiciones establecidas en las presentes bases legales. 

Los participantes deberán demostrar, antes de participar en la promoción o en cualquier momento durante la misma, a solicitud del Organizador y en un plazo razonable, que reúnen las condiciones necesarias para participar en la misma. En caso contrario, el Organizador puede descalificarlo en cualquier momento y/o retener o retirarle el premio que haya obtenido.

 

No podrán participar en la promoción y, por tanto, resultar agraciados, las siguientes personas: a) empleados y familiares hasta el primer grado de consanguinidad de la entidad mercantil Hijos de Rivera, S.A.U. y de empresas del Grupo; b) los empleados y empresas distribuidoras de productos de Hijos de Rivera, S.A.U., agencias de publicidad o agencias que estén relacionados con la promoción; c) empresas proveedoras de productos y/o servicios relacionados con el objeto de la promoción.

 

Igualmente, no podrán participar aquellas personas que hayan resultado ganadoras de alguna promoción, sorteo y/o concurso celebrado por Hijos de Rivera, S.A.U., en los últimos cuatro (4) años y cuyo valor superase los 500 euros de premio.

 

Tampoco podrán participar: a) los cónyuges de cualquiera de las personas citadas, b) ni la pareja de hecho o familiar directo, c) así como, ninguna persona que de alguna manera haya intervenido en la preparación de la promoción o sus familiares. Sólo tendrán la condición de participantes quienes cumplan con los requisitos de participación establecidos en estas bases legales y en particular, en este apartado.

 

Las personas que no cumplan estas condiciones no deben de participar en la Promoción y en caso de participar serán descalificadas.

 

IV.- CONTENIDO Y MECÁNICA

Acceso, registro y condiciones de la promoción

Para participar en la promoción los participantes deberán cumplir con las siguientes condiciones: 

 

Registrarse en la promoción a través del formulario habilitado en la landing https://estrellagalicia.es/promo-ascenso-obradoiro/ su nombre y apellidos, email y número de teléfono, generando así un usuario y contraseña. En el momento de registro deberán, asimismo, aceptar expresamente las presentes bases legales.

 

Adquirir, a través del canal Horeca y en alguno de los establecimientos adheridos a la promoción, uno de los productos asociados a esta promoción, con cuya consumición podrán obtener un ticket con un pincode.

Introducir, dentro de su espacio de usuario, los pincodes que podrán encontrar impresos en los tickets entregados en los locales de hostelería adheridos a la promoción y que podrán solicitar al hostelero tras cada consumición. 

Cada pincode válido introducido dentro del período promocional equivaldrá a una participación en el sorteo del premio final. Los participantes podrán acumular tantas participaciones como pincodes válidos registren en el site.

 

Mecánica de la participación

El Organizador entregará un total de 10 premios a través de la mecánica de sorteo.

La promoción se desarrollará en el canal Horeca, en los establecimientos adheridos a la promoción. Cada pincode se podrá introducir una sola vez y se contabilizará según lo indicado en las presentes bases legales. Los participantes podrán introducir tantos pincodes como deseen, sin límite personal ni diario. 

Cada pincode válido introducido por el participante equivaldrá a una participación en el sorteo de diez (10) abonos del Obradoiro correspondientes a la vuelta a ACB. El participante podrá consultar los pincodes registrados en su Área Personal en la web https://estrellagalicia.es/promo-ascenso-obradoiro/

 

Es imprescindible que el participante guarde el ticket de participación original que le entregó el hostelero con el código ganador, pues se le requerirá posteriormente en el supuesto de resultar ganador. El Organizador se reserva el derecho a descalificar a cualquier participante que no conserve dicho ticket.

La mera participación en la Promoción es gratuita, de manera que no será necesario efectuar ninguna compra adicional que no sea la de la propia consumición que da derecho a obtener el ticket con pincode. 

 

Los pincodes son acumulativos y cada pincode válido registrado en plazo equivaldrá a una participación en el sorteo, pudiendo los participantes acumular varias participaciones en función del número de consumiciones realizadas y pincodes registrados.

 

V.- SORTEOS Y PREMIOS

El Organizador sorteará diez (10) abonos del Obradoiro correspondientes a la vuelta a ACB entre los participantes en la siguiente fecha de sorteo: 

 

Fecha del sorteo

23 de junio de 2026 

 

VI.- CONDICIÓN DE GANADOR

De entre todos los pincodes registrados en el plazo establecido, se elegirán diez (10) pincodes ganadores mediante sorteo, asignándose un (1) abono del Obradoiro a cada pincode ganador.

 

Además de los ganadores, se elegirán diez (10) suplentes, a los que se irá llamando en orden de extracción en los casos en los que alguno de los ganadores no se presentase a la aceptación del premio, fuese imposible el contacto con el mismo o no cumpliese los requisitos establecidos en estas bases. En caso de que se hayan agotado todos los suplentes de un sorteo sin que pudiera asignársele el premio a ninguno de ellos por cualquier causa —ninguno haya aceptado el premio, fuera imposible contactar con ellos o no cumplieran con los requisitos de participación exigidos—, el/los premio/s quedará/n desierto/s.

 

VII.- NOTIFICACIÓN Y PREMIOS DE LA PROMOCIÓN

1. Notificación

La relación de todos los ganadores aparecerá publicada en https://estrellagalicia.es/promo-ascenso-obradoiro/

 

El Organizador contactará con cada ganador vía llamada telefónica y vía email o mensaje de WhatsApp para comunicarle que ha sido agraciado con el premio. El ganador dispondrá de un plazo de cinco (5) días naturales desde la primera notificación fehaciente —email o mensaje de WhatsApp— por parte del Organizador para responder y/o contactar con el Organizador.

Una vez el ganador ha contactado y/o respondido al Organizador, éste le informará de las condiciones en que deberá aceptar el premio, así como requerirá al ganador para que justifique —por los medios que el Organizador le indique— que cumple con todos los requisitos de participación exigidos en las presentes bases legales: aportar copia del documento de identidad, el pincode ganador, el ticket original de compra, etc. El ganador dispondrá de un plazo de tres (3) días naturales para justificar que cumple con los requisitos y aceptar el premio, o en su caso rechazar expresamente el mismo. El ganador podrá renunciar al premio obtenido, pero en ningún caso se sustituirá por una cantidad económica. Los premios son personales e intransferibles, por lo que tampoco podrá transmitir en ningún caso su condición de ganador. 

 

En caso de que el ganador no se ponga en contacto con el Organizador en el plazo de 5 días naturales, no cumpla con los requisitos de participación —o no justifique que cumple con los mismos en el plazo establecido de 3 días naturales desde la primera notificación— o rechace expresamente el premio, este pasará a los suplentes del sorteo por orden de selección, quienes dispondrán de los mismos plazos que el ganador para contactar y/o responder al Organizador, justificar que cumple con los requisitos de participación y, en su caso, aceptar o rechazar el premio. En caso de que se hayan agotado todos los suplentes, el premio quedará desierto.

 

2. Entrega de premios

La entrega del premio únicamente se hará previa entrega al Organizador del D.N.I. que acredite la identidad y una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de estas bases legales. Una vez el premio sea aceptado por el ganador —o suplente, en su caso—, se entregará en el lugar o por el medio designado al efecto por el Organizador, quien se reserva la capacidad de concretar el lugar y/o forma de la entrega.

 

El premio se entenderá rechazado en el caso de que el ganador no se presente a la entrega del premio o no facilite la documentación requerida cumpliendo los requisitos exigidos en un plazo razonable, y en todo caso habiendo transcurrido dos meses desde la aceptación del premio.

 

3. Valor de los premios

El valor de los premios consiste en:

 

Diez (10) abonos del Obradoiro correspondientes a la vuelta a ACB.

 

No está incluido ningún otro concepto distinto del expresamente indicado en estas bases.

 

Correrán a cuenta y cargo del ganador cualquier gasto derivado de la promoción que no esté expresamente asumido por HIJOS DE RIVERA, S.A.U. en las presentes Bases Legales.

 

 

4. Publicidad de la identidad de los ganadores. Aceptación expresa del premio

La participación en esta promoción conllevará necesariamente la autorización del ganador a favor del Organizador para que se publique su nombre en la página web https://estrellagalicia.es/promo-ascenso-obradoiro/ así como en los perfiles de las redes sociales de Hijos de Rivera, S.A.U. y empresas del grupo.

Esta autorización tiene por fin dar a conocer al ganador y dotar de transparencia al sorteo. 

 

VIII.- ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROMOCIÓN

La Promoción se extiende y queda limitada a los establecimientos adheridos a la promoción y especificados en el Anexo I. Es decir, se considerarán participaciones válidas únicamente las de aquellas personas que hayan participado con uno de los tickets de participación proporcionados por el hostelero en alguno de los aproximadamente 70 locales adheridos a la presente promoción.

 

IX.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

De conformidad con lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos europeo, se informa que los datos de carácter personal serán tratados por Hijos de Rivera, S.A.U., cuya información identificativa completa figura en el encabezamiento de estas Bases.

 

Los datos personales del usuario recogidos a través de la página web se utilizarán para gestionar su inscripción en la presente iniciativa conforme a lo indicado en las Bases. El tratamiento de sus datos es necesario para el desarrollo y ejecución de la acción, siendo esta la base legal que legitima dicho tratamiento. Los datos serán conservados durante el periodo de desarrollo de esta y, aún después, durante el tiempo necesario para poder responder a posibles reclamaciones de los participantes.

 

Se solicitará información adicional a los ganadores y se podrá ceder información a entidades colaboradoras para gestionar la puesta a disposición del premio. Hijos de Rivera, S.A.U podrá dar publicidad al nombre, cuenta de usuario y comentario emitido por los ganadores a través de sus activos web y/o cuentas en redes sociales a efectos de dotar de transparencia a la iniciativa.

 

Asimismo, Hijos de Rivera, S.A.U utilizará la información de contacto proporcionada para enviarle comunicaciones sobre eventos y acciones de Estrella Galicia Especial y otras marcas relacionadas, siendo la base legal que legitima el tratamiento el interés legítimo del organizador y manteniéndose el envío mientras el interesado no manifieste su oposición.

 

Los participantes tienen derecho a obtener confirmación acerca de si se está procediendo al tratamiento de datos personales que les conciernan, a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos u oponerse al tratamiento de estos, en cuyo caso únicamente serán conservados para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

Para ello, los usuarios podrán dirigir una comunicación por escrito al Comité de Protección de Datos, José María Rivera Corral, 6, 15008 A Coruña o a la dirección de correo electrónico protecciondedatos@hdriv.es, incluyendo en ambos casos una fotocopia del documento nacional de identidad o documentación acreditativa equivalente. En caso de no ver satisfechos sus derechos, los usuarios que lo deseen pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, accesible desde https://sedeagpd.gob.es

 

X. RESERVAS Y LIMITACIONES

El Organizador se reserva las siguientes facultades relativas al desarrollo y ejecución de la Promoción:

 

Modificar o suspender la Promoción, siempre que concurra causa justificada, y con el compromiso de comunicar con la suficiente antelación las nuevas bases y/o condiciones, o en su caso, la anulación definitiva.

 

El Organizador no será en ningún modo responsable de los incumplimientos o infracciones de ningún tipo relacionados con esta promoción, y se exime de cualquier tipo de responsabilidad en caso de pérdida sufrida por los participantes en relación con el premio y demás aspectos de esta promoción.

El participante exime de cualquier tipo de responsabilidad y mantendrá indemne al Organizador de cualquier reclamación como consecuencia de los daños y perjuicios, propios o a/de terceros, que pudieran derivarse de la actividad que desarrollará con el premio concedido. 

 

Expulsar a los Participantes sobre los que se tengan sospechas fundadas de que han manipulado o intentado manipular fraudulentamente la Promoción en su propio beneficio, mediante comunicación postal o vía e-mail, sin más requisito que la oportuna explicación de los motivos de su expulsión.

 

Ejercitar acciones legales contra cualquier intento de dañar de manera deliberada el contenido o funcionamiento de la Promoción que sea considerado ilícito.

Impedir que se establezcan sistemas de especulación o de negocios sobre la Promoción, con reserva de las acciones legales que se estimen oportunas para ello. 

 

El participante exime de cualquier responsabilidad y mantendrá indemne al Organizador ante cualquier reclamación que pudiera surgir en relación con el uso, disfrute o disponibilidad del premio concedido.

Igualmente, quedará exonerado el Organizador de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de la empresa de mensajería utilizada por el Organizador para el envío de los premios, o de las redes de comunicación telefónicas y/o electrónicas que impidan el buen desarrollo de la promoción por causas ajenas a ella y, especialmente, por actos externos de mala fe. Expresamente, no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos o cualquier otra circunstancia imputable a la empresa de mensajería utilizada y que puedan afectar al envío del premio. 

 

Por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de los servicios mediante los que se participa, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir a los mismos, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de internet, o comunicaciones telefónicas habilitadas al efecto.

Asimismo, la entidad organizadora se reserva el derecho a: 

 

Modificar o suspender la promoción, siempre que concurra causa justificada o por motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término, y, con el compromiso de comunicar con la suficiente antelación las nuevas bases y/o condiciones, o en su caso, la anulación definitiva.

 

Cambiar el premio por otro de igual o mayor valor cuando concurra justa causa o por motivos de fuerza mayor.

 

Aplazar o ampliar el período de la promoción, así como la facultad de interpretar las presentes bases legales.

 

 

Acortar, prorrogar, modificar o cancelar esta promoción, si concurrieran circunstancias excepcionales que impidieran su realización, comunicando dichas circunstancias de manera que se evite cualquier perjuicio para los participantes en el sorteo.

 

Eliminar de la promoción por causa justificada a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la misma.

 

Sustituir cualquiera de los premios previstos por otro de características similares o de valor equivalente en caso de falta de disponibilidad. Del mismo modo, si el premio solicitado por la persona ganadora —incluyendo ubicación, categoría, modalidad o características del abono— no estuviera disponible en el momento de la gestión, se entregará la opción más próxima disponible, sin que ello genere derecho a reclamación o compensación adicional.

 

En ningún caso, el Organizador, ni sus sociedades matrices, asociadas, filiales o sucursales, ni tampoco ninguno de sus agentes y/o empleados, serán responsables de cualesquiera daños y/o perjuicios sufridos por los Participantes y/o terceros que pudieran derivarse de la participación en la Promoción, o del uso de cualquiera de los premios otorgados.

 

XI. NORMATIVA FISCAL

Los premios quedarán sujetos a la retención o ingreso a cuenta que corresponda conforme a la normativa fiscal vigente. En su caso, dicha retención o ingreso a cuenta será asumido por el Organizador, que ingresará en la Agencia Tributaria la cantidad correspondiente enviando al ganador/es el correspondiente certificado con los datos del premio y de la retención o ingreso a cuenta aplicado.

El valor de cada unidad objeto de sorteo está declarada en: 

 

 

 

  Premio

 

 

 

 

  Precio (+IVA)   

 

 

 

 

  Abono del Obradoiro correspondiente a la vuelta a ACB    

 

 

 

 

  559,00 € 

 

 

 

XII. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

Esta Promoción y sus Bases se rigen por la legislación española. Para la resolución de cualquier controversia o litigio que pudiera surgir en relación con esta Promoción, y/o con la interpretación o ejecución de las presentes bases legales, tanto el Organizador como los Participantes renuncian al fuero que pudiera corresponderles y se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de A Coruña.

 

XIII.- BASES DE PARTICIPACIÓN Y DEPÓSITO DE LAS MISMAS

La participación en la promoción implica la total aceptación del contenido de estas bases. La organización de la promoción se reserva el derecho a modificarlas, comunicándolo a los participantes a través de la web https://estrellagalicia.es/promo-ascenso-obradoiro/  

 

Cualquier controversia en la aplicación de las presentes bases será resuelta por el Organizador.

 

ANEXO I.- LOCALES ADHERIDOS A LA PROMOCIÓN

La presente promoción se desarrollará exclusivamente en los siguientes establecimientos adheridos:

 

  1. BAR LA TITA — RUA NOVA, 46. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  2. LA GALICIANA — CALLE GOMEZ ULLA, 1, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  3. KRISTAL — PLAZA ROXA, 4. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  4. LA PLANTA — CALLE SANTIAGO DEL ESTERO, 8, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  5. RIQUELA — CALLE PREGUNTOIRO, 35, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  6. LA BODEGUILLA SANTA MARTA — AVENIDA DA LIBERTADE, 21. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  7. PUB MOMO — RUA VIRXE DA CERCA, 23. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  8. BAR RAICES GALEGAS — RUA NOVA, 36. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  9. CAF CORTES — AVENIDA GRABANXA, 5. SIGÜEIRO, OROSO (SAN MARTIÑO), OROSO (CORUÑA, A)
  10. LA GARITA — CALLE PREGUNTOIRO, 41, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  11. CANALETTO — CARRETERA SANTIAGO-A ESTRADA, 21, CACHEIRAS, CACHEIRAS (SAN SIMON DE ONS), TEO (CORUÑA, A)
  12. CAFETERÍA RAMALLOSA — TRAVESIA DA RAMALLOSA, 6, RAMALLOSA, LUCI (SANTA MARIÑA), TEO (CORUÑA, A) 
  13. CERV RUA BELLA — RUA NOVA, 17. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  14. CACAO — RUA DAS ORFAS, 15, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  15. BODEGUILLA DE SAN LAZARO — CALLE SAN LAZARO, 114. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  16. PUB SANTA SEDE — TRAVESIA DA RAMALLOSA, 9. RAMALLOSA, LUCI (SANTA MARIÑA), TEO (CORUÑA, A) 
  17. A NAVE DE VIDAN — CALLE MAESTRA VICTORIA MIGUEZ, 44. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  18. REY — CALLE DOS CONCHEIROS, 18. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  19. LA TERRAZA — CALLE MONTERO RIOS, 10, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  20. CERVECERIA NEW YORK — AVENIDA DE MAIA, 1. BERTAMIRANS, ORTOÑO (SAN XOAN), AMES (CORUÑA, A) 
  21. QUINTANA CAFE — PLAZA QUINTANA DE VIVOS, 1, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  22. BAR LA FLOR — RUA CASAS REAIS, 25. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  23. MESON O PIORNO — RUA CALDEIRERIA, 24, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  24. GALLAECIA,CERVECERIA — CALLE CURUXA, 3. MILLADOIRO (O), BIDUIDO (SANTA MARIA), AMES (CORUÑA, A) 
  25. STREETGARDEN CAFT — TRAVESIA PEREGRINA, blq 1, BJ 5. BERTAMIRANS, ORTOÑO (SAN XOAN), AMES (CORUÑA, A)
  26. LA CUEVA — CALLE FRANCO, 1. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  27. SAN JAIME — CALLE DA RAIÑA, 4. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  28. BAR ESTUDIO 34 — CALLE FREI ROSENDO SALVADO, 34. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  29. CAFE BOANERGES — CALLE MONTE DO SEIXO, 8, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  30. CASA DAS CRECHAS — CALLE VIA SACRA, 3, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  31. BAR MELIDE — CALLE SAN LAZARO, 24. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  32. A BODEGUIÑA — AVENIDA BENITO VIGO, 68, ESTRADA (A), ESTRADA (A) (SAN PAIO P.) (PONTEVEDRA) 
  33. BAR MONTOTO — CALLE SANTIAGO DEL ESTERO, 1. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  34. CERVECERIA SOLE — CALLE RAMON CABANILLAS, 3, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  35. EL ESTUDIO — CALLE DOUTOR TEIXEIRO, 4, BAJO, BIS. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  36. LUPES — CALLE MONTE DO SEIXO, 7, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  37. O CAMINANTE — CALLE SAN LAZARO, 90. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  38. GRAMOLA, CAFE — PLAZA CERVANTES, 21. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  39. EL DIECIOCHO — RUA LISBOA, 10, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  40. TABERNA DO ENSANCHE — CALLE SANTIAGO DE CHILE, 12. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  41. A TABERNA DO TARELA — PLAZA PESCADERIA VELLA, 1, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  42. O AFIADOR — RUA VALIÑO, 2, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  43. CAF TROPIC BURGUER — AVENIDA PEREGRINA, 8. BERTAMIRANS, ORTOÑO (SAN XOAN), AMES (CORUÑA, A)
  44. CAF BAR REST FERRO — CALLE SEMPRE EN GALIZA, 1, B, . SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  45. O BALCON DAS BRAÑAS — CALLE CLARA CAMPOAMOR (EST. AUTOBUSES), S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  46. A MOA TAPERIA-RESTAURANTE — CALLE SAN PEDRO, 32. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  47. PEPE PAYA — CALLE CARDEAL PAYA, 8, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  48. A CASA VELLA — CALLE PREGUNTOIRO, 5, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  49. TIXOLA — RUA DA RAIÑA, 20, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  50. REST PAZ NOGUEIRA — CALLE CASTIÑEIRIÑO, 14-16. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  51. BAR RIAL — CALLE SANTIAGO DE CHILE, 6. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  52. BAR ISLA — CALLE SANTIAGO DE GUAYAQUIL, 14. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  53. EL OLIVO — CALLE RAXEIRA, 50, A. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  54. SAMARKANDA — AVENIDA DA LIBERTADE, 9, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  55. CAF LYDIA — CALLE SANTIAGO DEL ESTERO, 32. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  56. CAFE BAR AD-GELO — CALLE FERNANDO III O SANTO, 8. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  57. TAPERIA GAIAS — TRAVESÍA DA PONTE DO SAR, 12. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  58. BAR NOYA — CALLE GARCIA PRIETO, 57. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  59. CAFETERIA ARENA — CALLE ALFREDO BRAÑAS, 6. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  60. CAFE BAR JOCAR — CALLE MONTERO RIOS, 44. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  61. CAFE MILAY — PLAZA ROXA, 1, DCH, . SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  62. A QUE VINO — RUA NOVA DE ABAIXO, 7, BIS, . SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  63. PULP RIAL — RUA TRAVESAS, 10. PADRON, PADRON (SANTIAGO) (CORUÑA, A)
  64. TROPICAL — CALLE FREI ROSENDO SALVADO, 1, SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  65. CERVECERIA MANU — URBANIZACIÓN ESTIVADA DA RIBEIRA, S/N. MONTOUTO, CACHEIRAS (SAN SIMON DE ONS), TEO (CORUÑA, A)
  66. CAFETERIA SENDA 49 — CALLE HORREO, 49. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A) 
  67. CAF AROSA — CALLE CURROS ENRIQUEZ, 14. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  68. VAL DA MAIA — AVENIDA DE MAIA, 74, BERTAMIRANS, ORTOÑO (SAN XOAN), AMES (CORUÑA, A) 
  69. TORDOYA BAR — CALLE TAMBRE, 189. SANTIAGO DE COMPOSTELA (CORUÑA, A)
  70. ANXERIZ, MESON — CALLE PARDIÑEIROS, 3. MILLADOIRO (O), BIDUIDO (SANTA MARIA), AMES (CORUÑA, A)